El documento quiere servir de orientación a los entes locales para la elaboración de los inventarios que deben recoger la red de caminos de titularidad pública de cada municipio, especialmente extensa en el Pirineo.

El director del Instituto para el Desarrollo del Alto Pirineo y Aran (IDAPA), Pere Porta, ha presentado hoy, en dos actos celebrados en la Pobla de Segur y en la Seo de Urgel, un decálogo para la elaboración los inventarios municipales de caminos, elaborado por el geógrafo Xavier Campillo. El documento, de carácter práctico, quiere servir a la vez para sensibilizar al mundo local de la necesidad de elaborar estos inventarios y para orientar a los técnicos encargados de su redacción sobre los aspectos que deben incluir.

Fuente: gencat.cat
 
La Ley municipal y de régimen local establece la obligación de redactar los inventarios de caminos y fija que los ayuntamiento son los entes competentes. Sin embargo, pocos municipios disponen de esta herramienta. Según una encuesta realizada por la IDAPA durante el último trimestre de 2014, por ejemplo, y respuesta para 50 de los 77 municipios del Alt Pirineu y Aran, sólo 14 cuentan con el inventario o la están redactando.
 
Además, a menudo estos inventarios no son exhaustivos, porque obvian la red histórica de caminos de herradura (aquellos concebidos para animales de carga, de menos de 2 metros de ancho). Precisamente, este tipo de caminos tiene una extensión muy considerable en las comarcas pirenaicas, donde constituye la infraestructura pública fundamental para la práctica del turismo de senderos. El crecimiento de la oferta y la demanda de este tipo de turismo, finalmente, está haciendo aflorar tensiones en el uso y el mantenimiento de los caminos.
 
Instrumento de defensa de caminos públicos
 
Los inventarios municipales de caminos tienen como objetivo primordial clarificar la titularidad de los senderos que integran la red viaria del municipio. Se trata de registros administrativos que identifican y describen los caminos públicos de titularidad municipal y se incluyen dentro del inventario de bienes de dominio público.
 
Por tanto, son instrumentos indispensables para poder ejercer las competencias administrativas que la ley otorga a los municipios en el ámbito de la movilidad y la vialidad rurales. Asimismo, son la base para la protección y defensa del dominio público, la conservación y promoción del patrimonio cultural y la potenciación de alternativas de desarrollo local en el ámbito turístico. 
 
El decálogo presentado hoy recuerda que se incluirán todos los caminos destinados al uso común general situados en suelo no urbanizable, con independencia de su tipología (caminos rodados, no aptos para la circulación motorizada, etc.) y de su estado de conservación.
 
El documento da respuesta a las principales preguntas de los técnicos municipales relacionados con la materia, tales como qué datos debe comprender el inventario, cuál es el coste económico de su elaboración, qué efectos tiene su aprobación y como se tramitará . También incluye un glosario terminológico y un apartado de bibliografía.